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Polígono Industrial Vicente Antolinos
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Lunes a Viernes de 7:30 a 21:30 h en horario ininterrumpido
Sábados de 7:30  a 13:30 h

Días cerrado en el 2024: 1, 5 y 6 de enero | 19, 28, 29 y 30 de marzo | 1 de mayo | 15 de agosto | 12 de octubre | 1 y 2 de  noviembre | 6, 7, 9 y 25 de diciembre |

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¿Qué frecuencia de inspección periódica le corresponde a mi vehículo?

La frecuencia de inspección técnica periódica se establece, con carácter general, en función de la categoría de homologación del vehículo, de conformidad con el artículo 6 del Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos. Únicamente se establecen excepciones para determinados vehículos como ambulancias, taxis, de escuelas de conductores que efectúan transporte escolar y de menores o en el caso de vehículos históricos catalogados

Mi vehículo tiene deficiencias detectadas en la inspección técnica periódica, una vez subsanadas, ¿tengo que volver a la misma estación de ITV en la que pase la inspección?

Al igual que en el caso de la primera inspección, las sucesivas a las que deba someterse el vehículo para comprobar la subsanación de las deficiencias encontradas puede efectuarse en cualquier estación de ITV del territorio nacional, tal como establece en el artículo 11 del  Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos

¿Tengo que esperar al día exacto en el que debo someter a mi vehículo a una nueva inspección para efectuarla?

No, los vehículos sometidos a inspección hasta 30 días antes del día en el que se cumple el plazo para someterlo de nuevo a inspección conservan la fecha original para computar el nuevo plazo

Tengo una auto caravana, ¿qué frecuencia de inspección le corresponde?

Los vehículos especiales AUTO CARAVANAS que hayan sido homologados como tales, son de categoría M, y por lo tanto deben someterse a inspección con las frecuencias establecidas para dicha categoría, salvo en el caso de que su clasificación por reglamento general de vehículos sea MIXTO, ya que entonces aplica la frecuencia de N según el artículo 6.3 del Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos.
En aquellos vehículos en los que debido a su antigüedad no conste su categoría de homologación, se considerará excepcionalmente que son auto caravanas si están clasificados como tales según el reglamento general de vehículos. En estos casos, por lo tanto, serán considerados de categoría M

Tengo un furgón vivienda, ¿qué frecuencia le corresponde?

Al igual que en el caso general, la frecuencia de inspección de estos vehículos estará determinada por la categoría de homologación del mismo, M ó N. la clasificación “ furgón vivienda” por lo tanto no determina una frecuencia única, ya que depende de la categoría de homologación que haya correspondido al vehículo, de conformidad con las disposiciones de la Directiva 2007/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de septiembre de 2007 por la que se crea un marco para la homologación de los vehículos de motor y de los remolques, sistemas, componentes y unidades técnicas independientes destinados a dichos vehículos.
En aquellos vehículos en los que debido a su antigüedad no conste su categoría de homologación, se considerará excepcionalmente que son de categoría N si están clasificados como furgón según el reglamento general de vehículos

¿Dónde tengo que pasar la inspección técnica periódica?

Según el artículo 17 del  Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos existe libertad para la elección de la estación ITV del territorio nacional donde se desee realizar la inspección técnica de vehículos, cualquiera que sea el tipo de inspección

¿Qué vehículos están obligados a someterse a inspecciones técnicas periódicas?

Según el artículo 4.1 del Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos: “los vehículos matriculados o que vayan a ser matriculados en España, para poder circular por las vías públicas, deberán someterse a inspección técnica en una estación ITV en los casos y con la periodicidad, requisitos y excepciones que se establecen en este real decreto”

¿Disponen de cita previa?

Disponemos de cita previa a través de la dirección http://tuitv.es/cita-previa/

¿Cual es vuestro horario?

Lunes a Viernes: de 8:00 h hasta las 21:00 h en horario ininterrumpido

Sábado de 8:00 h a 13:00 h

¿Es obligatorio llevar la pegatina pegada en mi vehículo en lugar visible?

Sí.

Es obligatorio en todos los casos según lo indicado en el Real Decreto 1987/1985 de 24 de Septiembre, que dice entre otras cosas:

  • En el caso de vehículos a motor, el distintivo se colocará en el ángulo superior derecho del parabrisas por su cara interior.
    La cara impresa del distintivo será autoadhesiva.
  • En caso de remolques, el distintivo se colocará en la placa de tara y carga o junto a la misma.
    La cara sin imprimir del distintivo será autoadhesiva.

Artículo 11. 1. Los vehículos que hayan superado favorablemente la inspección técnica periódica ostentarán en sitio bien visible un distintivo, en el que se señale la fecha en que deben pasar la próxima inspección, cuyo diseño y formato aparece en el anexo II de este Real Decreto.

2. La colocación del distintivo de inspección es obligatoria para todos aquellos vehículos que están sometidos al régimen de inspección

¿Llevar a ITV caducada, implica retirada de puntos?

Lo único que implica es una sanción económica

¿Qué documentación debo llevar a la ITV para revisar mi vehículo?

Seleccione en la opción de «Servicios« y una vez ahí, elija el tipo de inspección sobre la que necesite información al respecto

¿He perdido la documentación de mi vehículo, cómo puedo hacer un duplicado?

Seleccione en la opción de «Servicios« y una vez ahí, escoja «Duplicado de documentación»

¿Necesitan pasar ITV los ciclomotores?

De momento, sólo es necesaria y OBLIGATORIA la inspección de comprobación sonora  (RUIOS) en aquellos vehículos censados en la Comunidad Valenciana

¿Qué documentación necesito para hacer una reducción de P.M.A. de un vehículo?
  • Certificado de fabricante autorizando la reducción
  • Someter su vehículo a Inspección, en la que se aportará la documentación del vehículo, junto al anterior certificado.

Tambien se puede dar el caso de que el fabricante del vehiculo lo tenga contemplado en su homologacion de tipo.

¿Cual es el precio de la revisión?

Para poder saber cuales son todas y cada una de nuestras tarifas, deberá seleccionar la pestaña llamada » TARIFAS » ahí obtendrá una información completa de lo que cuestan los servicios ofrecidos

¿A qué hora es recomendable llevar mi vehículo para revisarlo?

El horario recomendable durante casi cualquier época del año, es precisamente a primeras horas del día, lo más próximo posible a nuestros horarios de apertura

¿Cuándo debo revisar mi vehículo?

Para saber cuando tiene usted que revisar su vehículo, deberá seleccionar en nuestra web, la opción de «CUADRO DE  CADUCIDADES».

Una vez sepa de que tipo de vehículo quiera obtener la información, en este apartado obtendrá el dato inmediatamente

¿Qué documentos se necesitan para matricular un vehículo de importación?

Debe seleccionar dentro de la opción «Servicios» de nuestra página web, el apartado donde hace referencia a «Inspecciones previas a la matriculación«

¿Qué documentos necesito para legalizar una reforma?

Debe seleccionar dentro de la opción «Servicios» de nuestra página web, el apartado donde hace referencia a «Inspecciones por Reformas»

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